POR UNA MEJOR ATENCIÓN SANITARIA EN LA SIERRA SUR
A MODO DE PRESENTACION.
Iniciamos en este portal una serie de colaboración por parte de distintos profesionales de la comarca, que presentan estudios o distintas propuestas con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus habitantes- En Este caso es un artículo de Francisco Manuel Cornejo Gil, profesional sanitario, que aporta su experiencia y reflexiones presentando una propuesta de la división de la Zona Básica Sanitaria (ZBS) de Estepa, en tres ZBS. Documento Base que tras su debate por la comunidad comarcal debe ser asumido por todos los ayuntamiento sin distinción partidista, para defender esta propuesta de forma conjunta ante la Junta de Andalucía, y que sea una realidad en un plazo razonable.
Por ultimo felicitar a los distintos gobiernos municipales de Herrera en la parte que les corresponde a cada uno, por la apertura e inanguracion del nuevo consultorio el dia 30 de septiembre de 2109, y que pronto, mas temprano que tarde contemos con un Centro de Salud, objjtivo con el que sin duda la corporacion local contara con todo el apoyo de los herrereños. La mejora de la prestaciones sanitarias en la Comarca de Estepa, es una reinvidicacion ya historica en la cual no se debe de dar un paso atras, y todos los ciudadanos debemos de responder como una sola voz.
La administración no se hace responsable de los artículos firmados por los colaboradores.La administración pide a los colaboradores que se traten temas comarcales de interés general, no se admiten descalificaciones personales, ni polémicas estériles. Este es un portal para el debate con el objetivo de conocer las características de nuestro territorio, y presentar alternativas y propuestas.
Por otro lado damos las gracias a los seguidores de este portal a los 58.648 visitantes y las 281.848 visitas desde su inauguración.
POR UNA MEJOR ATENCIÓN SANITARIA EN LA SIERRA SUR
¿Tienen las leyes fecha de caducidad? Creo que no, pero sí se vuelven obsoletas con el paso del tiempo, porque recogen la realidad del momento en que se redactaron. Las leyes deben ser dinámicas como las sociedades de los territorios que legislan.
Las movilizaciones realizadas desde la sociedad civil se producen debido a la detección de una falta de humanidad en la legislación. Un ejemplo es la Plataforma Médico 24 Horas ¡Ya!, cuyo objetivo es garantizar las urgencias sanitarias de una población, distante del centro de salud más cercano.
Las estrategias políticas contra la despoblación promovida desde la Unión Europea, el Estado y los gobiernos de la Junta de Andalucía y Diputación de Sevilla, distan mucho de la realidad que vivimos en nuestro día a día. La Sierra Sur de Sevilla sufre una falta de inversión en comunicaciones como la Autovía del Olivar, la mejora de las carreteras interurbanas, los trenes de media distancia, etcétera. ¿Son prescindibles estas inversiones? Rotundamente no, pero este tema daría para otro debate.
Las administraciones deben apostar de manera real por políticas sociales básicas como la educación y la sanidad para la fijación de la población al territorio, la política sanitaria y, en especial, la inversión en atención primaria. Todo ello frenaría la emigración de los núcleos rurales más pequeños a las grandes o medias ciudades.
El futuro de Herrera y de la Sierra Sur depende de las personas que hemos dado un paso adelante en defender su desarrollo en equidad con el resto de territorios y que, independientemente de ideologías políticas, sepamos conducir al mismo a un desarrollo justo y solidario. La atención sanitaria es un derecho de todos y para todos.
En materia sanitaria, la legislación española y andaluza es bastante explícita. Las leyes por las que nos regimos, recogen en su articulado, que los Poderes Públicos favorecerán el acceso a una sanidad universal, accesible, equitativa, de cohesión y solidaria. Algo que no se percibe en la Comarca de Estepa respecto a su zona básica de salud (ZBS). Algunos ejemplos son el art. 43 de la C.E., la Ley Gral. de Sanidad de 1986, el Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud, el Estatuto de Andalucía y la Ley de Salud de Andalucía.
Es de destacar la Ley General de Sanidad que indica que, los poderes públicos orientarán sus políticas de gasto sanitario en orden a corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios públicos en todo el territorio español.
Con la aprobación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, la protección de la salud deja de atenderse exclusivamente desde la vertiente del cuidado de las personas enfermas, ya que se complementa con la vertiente preventiva y de protección y promoción de la salud. Esta nueva norma pretende que los servicios sanitarios encuadrados en el Sistema Nacional de Salud asuman un papel más relevante en la acción preventiva y en la salud comunitaria, y no sólo desde la perspectiva de las acciones curativas, cuidadoras y de rehabilitación
El Área Sanitaria Sevilla Este, de la que dependemos como territorio, comprende una población de 170.150 habitantes, un Hospital Comarcal ubicado en Osuna, cuya cobertura de Atención Primaria está dividida en 7 ZBS con un total de 24 municipios. Si analizamos objetivamente el reparto poblacional por ZBS atendiendo al artículo 1.2 del Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud, dispone:
Artículo 1. Delimitación de la Zona de Salud.
- La delimitación del marco territorial que abarcará cada Zona de Salud se hará por la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta criterios demográficos, geográficos y sociales. En aplicación de estos criterios, la población protegida por la Seguridad Social a atender en cada Zona de Salud podrá oscilar entre 5.000 y 25.000 habitantes, tanto en el medio rural como en el medio urbano. No obstante, y con carácter excepcional, podrá determinarse una Zona cuya cifra de población sea inferior a 5.000 habitantes para medios rurales, donde la dispersión geográfica u otras condiciones del medio lo aconsejen. Asimismo, y también con carácter excepcional, podrá abarcar una población mayor cuando las circunstancias poblacionales lo aconsejen.
Entiendo que, dentro de una misma Área Sanitaria, hay un problema de equidad en la atención sanitaria para con el territorio de la Comarca de Estepa y, por ello pido:
- La creación de una nueva ZBS en Herrera por presentar una mayor población y disponer de un edificio que se construyó con vista a desdoblar la ZBS de Estepa, que abarca a 9 municipios y una población de 44.336 habitantes, sobrepasando con creces lo establecido en el RD 137/84, situando a este territorio con una infradotación sanitaria atendiendo a criterios de población y de dispersión geográficas. Así como la creación de un punto de urgencias con ambulancia de Soporte Vital Avanzado (SVA) en Badolatosa. VER TABLA ANEXA.
- Realizar una distribución más equitativa en términos de dispersión geográfica para dar una atención sanitaria de calidad a la Comarca de Estepa, ya que no es lo mismo una ZBS que una comarca. Con esta nueva división se reducirían listas de espera en servicios como fisioterapia y rehabilitación, cirugía menor, etc.
- No considero que el tiempo de treinta minutos establecido en la ley sea el más idóneo para atenciones de emergencia. Por eso es importante esta nueva división que planteo.
La propuesta es la siguiente:
–ZBS de Estepa: Estepa y Lora de Estepa.
–ZBS de Herrera: Badolatosa, Casariche, Herrera y Marinaleda. Reducción tiempo de respuesta ante una urgencia o emergencia 10 minutos.
–ZBS de Pedrera: Gilena, La Roda de Andalucía y Pedrera. Reducción tiempo de respuesta ante una urgencia o emergencia 10 minutos.
–Punto de urgencias 24 horas en Badolatosa, con ambulancia de Soporte Vital Avanzado (SVA) totalmente equipada y dotada, por ser el pueblo más distante de la comarca. Reducción tiempo de respuesta ante una urgencia o emergencia 10 minutos.
NOTA: Los tiempos en atención en casos de urgencia y emergencia se reducen con esta nueva redistribución.
En resumen, la reorganización sanitaria de la Sierra Sur que propongo acerca los recursos sanitarios a la población, se favorece una respuesta más rápida porque acorta los tiempos en caso de emergencia al existir un punto de urgencias en la cabecera de cada ZBS.
Es responsabilidad de los representantes políticos de ámbito autonómico, provincial y, sobre todo, local, las organizaciones sanitarias profesionales y sindicales y a la propia ciudadanía exigir a los gobernantes que los problemas de salud no entienden de ideologías, credos y etnologías, teniendo en cuenta que hay patologías que son tiempo dependientes como ICTUS y Síndromes Coronarios Agudos. No disponer de más recursos sanitarios, revela que nuestra comarca es discriminada y nuestra atención sanitaria de menor calidad que en otras ZBS. Una nueva distribución es mejorar la atención sanitaria de nuestra comarca, como indican las propias leyes por las que nos regimos, pues se aumentarían servicios como rehabilitación, pediatría, odontología y radiología de urgencias, profesionales como matronas, además de trabajadores sociales y enfermeras gestoras de casos para una mejor atención de personas dependientes. Y como extra a esta nueva reorganización que propongo farmacias de guardia 24 h en cada una de estas nuevas ZBS.
La estrategia de SSPA de mejorar la atención primaria es compatible con estas propuestas, ya que es un pilar fundamental para nuestra comarca. Por otra parte, las estrategias de la Unión Europea y del Estado de evitar la despoblación del medio rural hace necesario apostar y defender esta propuesta para reducir la salida de comarcanos y atraer población a nuestro territorio, teniendo en cuenta que una atención sanitaria proporcionada asienta la población.
En la siguiente tabla se recoge los distintos servicios que se prestan en un Centro de Salud y un Consultorio.
TABLA RESUMEN COMPARATIVA ENTRE LA CARTERA DE SERVICIOS DEL CENTRO DE SALUD (ZBS) Y CONSULTORIO MÉDICO:
La propuesta de la division de la ZBS de Estepa en tres ZBS, quedaria de la siguiente forma:
PROPUESTA DE REORGANIZACIÓN DE LA ZONA BÁSICA DE SALUD (ZBS) DE ESTEPA. Una distribución más homogénea en cuanto a población y dispersión geográfica para una mejor respuesta en caso de emergencia o urgencia. En los parámetros entre 5.000 y 25.000 hab que establece la Ley.
P.D:
Si hay voluntad política y ciudadana es posible atender estas propuestas.
Herrera, 30 de septiembre de 2019
Francisco Manuel Cornejo Gil -Enfermero y comarcano
[…] Pero en el tema de asistencia sanitaria es donde en concreto se acentúa la marginalidad en este caso concreto de los municipios de la comarca de Estepa, respecto no solo al conjunto regional, sino también en relación a los municipios de la comarca de Osuna. Mientras en otras ZBS (Zonas Básicas Sanitaria ) están dotadas con un Centro de Salud atendiendo como máximo 25.000 habitantes, en el caso concreto la ZBS de Estepa supera con creces la población atendida más de 44.000 habitantes y nueve municipios, sobrepasando con creces lo establecido en el RD 137/84. Este tema fue abordado de forma brillante por Francisco Manuel Cornejo Gil el 30 de septiembre de 2019 en este mismo blog: “Por una mejor atención sanitaria en la Sierra Sur”. (https://www.ortizbenjumea.com/por-una-mejor-atencion-sanitaria-en-la-sierra-sur). […]
It’s going to be finish of mine day, however
before ending I am reading this fantastic article
to increase my know-how.