Pasemos ahora a analizar lo que ha sucedido en los municipios de la Sierra Sur situados en el intervalo poblacional entre los cuatro mil y diez mil habitantes.

Los municipios de La Roda de Andalucía, El Saucejo y Herrera han financiado parcialmente la renovación de su alumbrado público municipal mediante las sucesivas convocatorias de los planes SUPERA. En el caso de La Roda, la convocatoria del SUPERA VII ha tenido como objeto la implantación de un sistema de Telegestión.

El municipio de Casariche, caso ejemplar y excepcional en la provincia, ha firmado un contrato de larga duración para la renovación de su alumbrado público municipal con tres empresas locales.

Otros dos municipios han firmado contratos de larga duración para la renovación de su alumbrado público municipal con empresas de rango nacional, se trata de El Saucejo y Pedrera.

El año 2014 el ayuntamiento de El Saucejo  adjudicó a la ESE CACTUSel contrato de gestión integral del servicio de alumbrado público por un importe ligeramente superior al millón de euros y 10 años de duración. Supondrá la renovación de 1.035 luminarias con nuevas lámparas de inducción, la renovación de 26 cuadros de mando y la instalación de un sistema de telegestión, generando todo ello un ahorro energético del 65% respecto a la situación actual. Así mismo, se encargará de la operación y mantenimiento del servicio, y prevé rentabilizar su actuación a través de los ahorros conseguidos en las facturas de electricidad.

El año 2018 el ayuntamiento de Pedrera firmó su contrato con la ESE New Energy Concept 2000 por la externalización del servicio de alumbrado exterior municipal y actuaciones de ahorro y eficiencia energética, por un importe de casi 0,8 millones de euros. Un año después, el ayuntamiento de Herrera firmó un contrato con una ESE para el cambio de las 2.110 luminarias pertenecientes a la instalación de alumbrado exterior por otras de tecnología LED, por un importe de algo más de 1,7 millones de euros.

Los contratos de servicios energéticos con empresas están regulados por la Directiva Comunitaria 2006/32 de 5 de abril. En Alemania y Francia funcionan desde comienzos del siglo veintiuno. En el ordenamiento jurídico español, la definición de empresa de servicios energéticos está recogida en el Art. 19. Del Real Decreto-ley 6/2010, donde se describe la ESE como: “Persona física o jurídica que proporciona servicios energéticos o de mejora de eficiencia energética en las instalaciones o locales de un usuario y afronta cierto grado de riesgo económico al hacerlo. Todo ello, siempre que el pago de los servicios prestados se base, ya sea en parte o totalmente, en la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras de la eficiencia energética y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimiento convenidos”.

Como ya se ha mencionado, la Directiva comunitaria “triple veinte” señala que los Estados miembros utilicen un 20% de energías renovables, aumenten su eficiencia energética en un 20% y reduzcan sus emisiones de dióxido de carbono (CO2) en un 20% en 2020. Y a ello pueden contribuir las ESE.